En este 31er período de sesiones del Consejo, se presentó el informe encomendado durante el 29º período por la resolución de la protección de la familia. Dicho informe fue el resultado de una controvertida resolución del 29º período de sesiones del Consejo patrocinada por un grupo interregional de Estados, entre ellos, Egipto, Costa de Marfil, El Salvador, Mauritania, Marruecos, la Federación Rusa, Túnez, Uganda, Qatar, Bielorrusia, China y Bangladesh.
La “controversia” al centro de la resolución tuvo que ver con la intención de la resolución misma. ¿Era para proteger a la familia o era para usar un lenguaje de protección a la familia que de hecho agarrara de blanco a las personas más vulnerables al maltrato dentro de las familias, entre ellas, la niñez, las mujeres y las personas LGBTI? A muchos Estados y activistas de la sociedad civil preocupados por los derechos de las personas LGBTI, los derechos de la niñez y de género, les preocupaba que la resolución pudiera ser un vehículo para rescindir los derechos con tanto esfuerzo ganados.
El informe presentado hizo un gran trabajo al abordar estas preocupaciones al tiempo que subrayó el papel de la familia en la erradicación de la pobreza y para lograr el desarrollo sostenible.
En el informe se observa que:
Los instrumentos internacionales de derechos humanos han reconocido desde hace mucho tiempo que la familia es una unidad fundamental de la sociedad, que realiza funciones valiosas para sus miembros y para la comunidad en su conjunto. Por estas razones, se reconoce ampliamente que los Estados tienen la obligación fundamental de proporcionar protección y asistencia a la familia para que ella pueda asumir plenamente estas funciones.
Tras reconocer la importancia central de la familia para las leyes internacionales de derechos humanos, el informe lanza una advertencia sobre este reconocimiento de dos maneras específicas. Primero, el informe observa que:
Las normas internacionales no dictan un concepto específico de familia; éste varía dependiendo de la conformación histórica, social, cultural y económica concreta y de las circunstancias de vida de los miembros de la familia.
Este reconocimiento de la diversidad de familias, a su vez, permite que en el informe se documente el hecho de que:
Muchos Estados han introducido cambios en su legislación que permiten el reconocimiento jurídico de las relaciones entre personas del mismo sexo. En Argentina, la Ley de Matrimonio Igualitario (Ley Núm. 26618) expresamente permitió los matrimonios entre personas del mismo sexo. En Suecia, la reforma al Código Matrimonial, en 2009, hizo que la definición de matrimonio fuera de género neutro, para otorgar así a todas las personas el derecho a casarse, independientemente del sexo de su cónyuge. En otros países, las parejas del mismo sexo han sido reconocidas mediante acción judicial.
Debe observarse que el reconocimiento de la diversidad de familias fue lo que se propuso tanto en las negociaciones informales como a través de enmiendas durante el 29º período de sesiones del Consejo de Derechos Humanos, en particular por Sudáfrica, y que fueron rechazadas por votación en la sala del Consejo. Así que, aunque de algún modo, el 29º período de sesiones del Consejo puede verse como una derrota de la propuesta de que la protección de las familias quiere decir, explícitamente, la protección a las diversas formas de familia, el 31er período de sesiones reintrodujo nuevamente el lenguaje de la diversidad en el debate sobre el papel de la familia.
La segunda preocupación más fuerte durante el 29º período de sesiones del Consejo, fue en torno a la protección otorgada a quienes dentro de la familia (mujeres, menores de edad, y personas LGBTI) pueden ser objeto de abusos por parte de miembros más dominantes de la familia. El informe abordó nuevamente esta preocupación al declarar, de manera inequívoca, que hay un “derecho a la igualdad dentro de la familia” y un “derecho a no ser sometido a violencia y maltrato dentro de la familia”. En el informe se hizo referencia específica a que “El Comité de los derechos de la niñez ha hecho un llamado a los Estados para que protejan a los niños y las niñas de la discriminación por su orientación sexual e identidad de género o la de sus progenitores o tutores legales”.
El informe concluye con la siguiente observación:
Este consenso respecto del papel de las familias en el desarrollo sostenible se sustenta en muchos elementos comunes. Entre otros, la necesidad de reconocer las formas diversas y cambiantes de la institución de la familia, de acuerdo con las diferentes características sociales, culturales y económicas de cada sociedad; la promoción de la igualdad entre los hombres y las mujeres; y la efectiva protección y promoción de los derechos de las mujeres, la niñez, las personas con discapacidades, las personas mayores y cualquier otro miembro de la familia, sin distinciones. Más aún, asegurar el acceso universal a los servicios de salud sexual y reproductiva, incluyendo la planificación familiar, debe ser parte integral de los esfuerzos para el desarrollo.
Durante el diálogo interactivo, continuó el debate que tuvo lugar en el 29º período de sesiones del Consejo. Algunos oradores y oradoras dijeron que en múltiples documentos convenidos de las Naciones Unidas se establece claramente que el término “familia” se entiende como que se refiere a la unión entre un hombre y una mujer; otros y otras, subrayaron la importancia de una definición amplia del concepto de “familia” que abarque a “todas las formas de familia en diferentes contextos”.
Los Estados y ONG que expresaron alguna forma de reserva fueron los siguientes:
La Federación Rusa, habló en nombre del grupo de países patrocinadores de la resolución 29/22 sobre la protección de la familia. Agradeció al Alto Comisionado por emitir su informe A/HRC/31/37 y ratificó que la familia es la unidad natural y fundamental de la sociedad. Los Estados tienen la obligación legal internacional explícita de dar protección y apoyo efectivos a la unidad familiar. La Federación Rusa observó que en el informe se abordan cuestiones que rebasan el alcance de la resolución 29/22.
Kirguistán expresó gratitud por el informe sobre la protección de la familia, el principal medio de transmisión de valores. Kirguistán adoptó, entre otras iniciativas, una estrategia nacional sobre cuestiones reproductivas relacionadas con la familia y el gobierno prestó particular atención a los adultos mayores. La familia, la paternidad, la maternidad y la niñez conciernen a toda la sociedad.
Sudán dijo que el mundo enfrenta retos que requieren de trabajo conjunto. La familia sigue siendo el núcleo principal de la sociedad, y la definición que tiene Sudán de una familia cae dentro de su sistema de valores. La Constitución de Sudán asegura la libertad de expresión, reunión y creencias, entre muchos otros derechos que también enumeró.
Global Helping to Advance Women and Children observó, con relación al informe sobre la protección de la familia, que en múltiples documentos convenidos de las Naciones Unidas se establece claramente que el término “familia” se entiende que se refiere a la unión entre un hombre y una mujer. Les preocupa que en el informe se afirme que no existe una definición de familia en virtud de las leyes internacionales de derechos humanos y se opuso a toda referencia relacionada con “varias formas de la familia”.
Alliance Defending Freedom dijo que la unidad familiar requiere de la protección y asistencia de los Estados, incluyendo, a través de medidas positivas. La idea de reconocer la diversidad de familias, no obstante, no apoya al consenso internacional. Las niñas y los niños se benefician enormemente de una estructura familiar intacta conformada por una madre y un padre.
Los Estados y ONG que celebraron el reconocimiento de la ‘diversidad de familias’ fueron los siguientes:
España celebró el informe sobre la familia y la inclusión en él de la necesidad de proteger a todos los miembros de la familia, y observo que en el informe también se habla de una necesidad de reconocer a las formas siempre cambiantes de la familia. España condena la discriminación contra las mujeres, la niñez y las personas lesbianas, gais, bisexuales, transgénero e intersexuales.
Chile, en relación al informe sobre la familia, dijo que el concepto de familia puede variar y no debe reducirse exclusivamente al matrimonio o a una sola forma. El principio de igualdad y no discriminación tiene que ser respetado, junto con el principio del interés superior del menor. Chile dijo que es vital tener un punto de vista abierto sobre la aplicación de los derechos humanos cuando se trata de la familia, a fin de no discriminar en contra de las poblaciones más vulnerables.
En una declaración conjunta con Save the Children International; SOS Children’s Villages International; Defence for Children International; y Plan International Inc., la organización Groupe des ONG pour la Convention relative aux droits de l’enfant dijo que ni la Convención de los derechos de la niñez ni el informe presentado el día de hoy por la Oficina del Alto Comisionado de Derechos Humanos ofrecen una definición fija o limitada de “familia”. Instó al Consejo de Derechos Humanos y a los Estados a reconocer de manera explícita la naturaleza amplia y contextualizada de la “familia” y a hacer referencia a “todas las formas de familia en diferentes contextos” en los debates y documentos internacionales.
En una declaración conjunta con International Association of Charities, World Union of Catholic Women’s Organizations dijo que los Estados tienen la obligación de proporcionar la más amplia protección y bienestar a las familias. Nos recordó el papel fundamental de la familia para lograr las Metas de Desarrollo Sostenible e hizo un llamado a los Estados a implementar políticas sensibles a las necesidades de la familia, especialmente en el área de educación y empleo.
International Humanist and Ethical Union celebró la mención que se hizo en el informe sobre la protección de la familia del derecho a decidir la cantidad de hijos y el tiempo entre cada uno, lo que debe entenderse como apoyo a la posibilidad de la mujer de obtener los servicios reproductivos necesarios, incluyendo atención médica segura y legal para el aborto. También, celebró la aclaración de que no existe una definición estándar de familia.
Se puede deducir que esta batalla en torno a la definición de la familia aún no termina. Por el momento, puede ser que los grupos que trabajan por la preservación de una definición más amplia de la familia hayan tenido una victoria temporal, pues las personas LGBTI hallaron un espacio para ellas tanto en el lenguaje específico del informe como en cuanto al reconocimiento de la diversidad de familias en el mismo.
Relator Especial sobre la Tortura
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Informe anual del Alto Comisionado de Derechos Humanos
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Para más información sobre el HRC31:
Arvind Narrain | Director en Ginebra | arvind@arc-international.net
Kim Vance | Directora Ejecutiva | kim@arc-international.net
Todos los documentos citados en este informe pueden consultarse aquí:
http://www.ohchr.org/EN/HRBodies/HRC/RegularSessions/Session31/Pages/31RegularSession.aspx